08.12.2017  |  Ushuaia  |  DISCAPACIDAD

Otra condena al Gobierno de Bertone

La Justicia condenó al Gobierno de Tierra del Fuego a que en un plazo de 30 días conceda una Pensión por Discapacidad a una menor de edad. Es otro caso donde se debió recurrir a una acción de amparo, ante la desidia del Gobierno de Bertone/Arcando, que destina fondos públicos para pagar espectáculos musicales, pero dice no tener fondos para Pensiones por Discapacidad. 

El Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 2 de la ciudad de Ushuaia, falló a favor de una acción de amparo iniciado por Z.R.G en representación de su hija contra el Gobierno de la provincia de Tierra del Fuego, y ordenó a que dicte el acto administrativo correspondiente y conceda la pensión especial por discapacidad a favor de la menor M.M.A.

El caso llegó hasta la justicia y fue tramitado por el Expediente Nº 23348/2017, debido a que el Gobierno de Tierra del Fuego, de manera ilegítima, había negado el otorgamiento de la pensión por discapacidad a una niña, pese a haber cumplido esta última con todos los requisitos exigidos en la normativa vigente.

Como fundamento para negar este derecho, el Gobierno de la Provincia sostuvo de manera PERVERSA que no había partida presupuestaria para hacer frente a dicha prestación, y que la familia de esta niña tiene sustento económico suficiente, avasallando todos y cada uno de los derechos reconocidos a las Personas con Discapacidad.

Cabe aclarar, que para acceder a este tipo de pensiones especiales el aspecto económico del grupo familiar NO tiene relevancia alguna, y que para el reconocimiento de los mismos NO tienen prioridad en su otorgamiento aquellas familias que no posean ingresos o padezcan necesidades tales que los coloquen como posibles sujetos vulnerables.

Tampoco la falta de partida presupuestaria, es motivo suficiente para NEGAR este derecho, pues es obligación del Estado adoptar las medidas hasta el máximo de los recursos que disponga para su reconocimiento.

No obstante, ser la ley muy clara -y en línea con las políticas de ajuste actuales- el Gobierno provincial intentó aplicar la NEFASTA E INCONSTITUCIONAL Resolución Nº 65/16 del Ministerio de Jefatura de Gabinete que creó “un cupo con orden de prioridades en el otorgamiento de dichas pensiones ” cuando la norma no lo regula, en un claro exceso reglamentario, limitando derechos reconocidos por el Estado Constitucional y Social de Derecho en el que vivimos, que busca proteger y garantizar una mejor vida a las personas y sobre todo a este sector tan vulnerable de la sociedad como lo son las Personas con Discapacidad.

Podemos decir, hoy que SE HIZO JUSTICIA.

 

Secretaría de Discapacidad CTA Autónoma de tierra del Fuego


Fuente: gremialesdelsur.com.ar

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