22.09.2020  |  Nacionales  |  CORONAVIRUS

Fue prorrogado hasta el 28 de febrero de 2021 la suspensión de los procesos electorales

Así lo resolvió la Secretaría de Trabajo de la Nación mediante una Resolución de fecha 21 de agosto de 2020 titulada “Prórroga Suspensión Procesos Electorales Asociaciones Sindicales”.

"Prorrogase hasta el 28 de febrero de 2021 la suspensión de los procesos electorales, las Asambleas y Congresos, tanto Ordinarios como Extraordinarios, como así también todo acto institucional que implique la movilización, traslado y/o la aglomeración de personas, de todas las asociaciones sindicales inscriptas en el registro de esta Autoridad de Aplicación; ello sin perjuicio de los actos cumplidos en los procesos electorales que se hallaban en curso de ejecución y que fueron suspendidos por la Resolución de la Secretaría de Trabajo Nº 489/20", indica el artículo 1° de la normativa.

El artículo 2° indica, “ampliase la prórroga de los mandatos, dispuesta por la Resolución de la Secretaría de Trabajo N° 489/2020 de los miembros de los cuerpos directivos, deliberativos, de fiscalización, y representativos de las asociaciones sindicales,  federaciones y confederaciones registradas ante la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, y los mandatos de los delegados, comisiones internas y órganos similares que hubieran vencido a posteriori del 16 de marzo de 2020, por el plazo de 180 días, a partir del 28 de febrero de 2021”.   


Fuente: gremialesdelsur.com.ar

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