27.02.2026 | Nacionales | REFORMA LABORAL
El Senado de la Nación aprobó la Reforma Laboral
El Senado de la Nación Argentina sancionó este viernes la Reforma Laboral impulsada por el Gobierno de Javier Milei, en lo que se convirtió en uno de los principales triunfos políticos del oficialismo en el cierre de las sesiones extraordinarias.
La iniciativa fue aprobada con 42 votos a favor y 28 en contra, mientras que los Senadores santacruceños José María Carambia y Natalia Gadano se abstuvieron tras más de cuatro horas de debate.
La Cámara alta avaló las modificaciones introducidas previamente por la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, entre ellas la eliminación del artículo que había generado mayor controversia: el referido al régimen de licencias médicas para trabajadores.
Puntos principales
El texto finalmente convertido en ley establece, entre otras cosas, lo siguiente:
● Se mantiene la indemnización por despido sin causa, pero se cambia la base de cálculo, que ahora será solo la mejor remuneración mensual, normal y habitual, excluyendo aguinaldo, premios y otros adicionales. Se establece un nuevo criterio de actualización: IPC + 3% anual.
● Uno de los pilares de la reforma es la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un sistema de capitalización obligatoria para empresas que funcionará como un fondo de afectación específica destinado a cubrir indemnizaciones y obligaciones derivadas de la desvinculación. A propuesta de la UCR en el Senado se diferenció a las empresas en cuanto al financiamiento que se hará con contribuciones patronales: las grandes aportarán un 1% mensual y las micro, pequeñas y medianas el 2,5%. El texto original preveía un 3% sin distinción.
● Para la derogación de distintos estatutos profesionales, entre ellos el del periodista, se dispuso un plazo de un año (1 de enero de 2027); y se posterga al 1 de enero de 2028 la eliminación de un fondo que financia la actividad del INCAA.
● Sobre los cambios a la Ley de Contrato de Trabajo, se establece el mecanismo de "banco de horas", a partir del cual el empleador y empleado podrán pactar cambios en el horario laboral: no se tratará de horas extra, sino de una compensación con días.
● Las vacaciones, en tanto, podrán tomarse entre el 1 de octubre y el 30 de abril, con posibilidad de pactar otro período y de fraccionarlas en bloques no inferiores a 7 días.
● Por otro lado, el extenso proyecto prevé la creación de un Régimen de Incentivo a la Formación Laboral (RIFL) para promover capacitación, empleabilidad y reconversión; y del Régimen de Incentivo para la Modernización e Inversión (RIMI), que apunta a que las empresas realicen inversiones en producción real, tecnología y expansión.
● La iniciativa incorpora criterios para la actividad de repartidores y trabajadores de apps. Voces empresarias (Rappi e IDEA) valoran que fija "estándares y reglas claras" para la actividad.
● En el proyecto se incluyó como anexo el traspaso de la justicia laboral del ámbito nacional a la Ciudad.
parlamentario.com / cadena3.com
Fuente: gremialesdelsur.com.ar









