07.10.2026 | Nacionales | DOCENTES Y NO DOCENTES UNIVERSITARIOS
La Justicia declaró inconstitucional el decreto que frenaba la Ley de Financiamiento Universitario
El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 declaró inconstitucional el decreto que puso un freno a la Ley de Financiamiento Universitario y ordenó al Gobierno nacional cumplir con lo establecido en la normativa aprobada por el Congreso.
El fallo, firmado por el Juez Martín Cormick, dio lugar al amparo colectivo promovido por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y la Universidad de Buenos Aires (UBA), dejando sin efecto el Decreto 759/2025. De esta forma, el Magistrado ordenó al Poder Ejecutivo el “cumplimiento inmediato de la Ley de financiamiento universitario con el dictado de las normas reglamentarias y ejecutorias necesarias a tal fin”.
El Gobierno había intentado frenar la ley primero con su veto. Luego de que el Congreso lo rechazó y sostuvo la normativa, emitió un decreto en el que dispuso que el financiamiento a las Universidades solo podía ejecutarse “una vez que se determine las fuentes específicas para su financiamiento y se incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto general”.
Tanto el CIN como la UBA y otras Universidades presentaron un amparo colectivo para que se cumpla con los puntos clave de la Ley, entre ellos otorgar partidas a las casas de estudios para su funcionamiento y recomponer el salario de docentes y no docentes.
El Juez consideró en el fallo que el decreto del Gobierno “no supera un test mínimo de razonabilidad, en tanto permite suspender e inaplicar, amparado en la aplicación de un artículo de una ley anterior, la aplicación de una ley en donde el Congreso insistió con las mayorías agravadas requeridas”. Apuntó que, ante la imposibilidad legal de emitir un nuevo veto, “el decreto ha funcionado como un mecanismo extraconstitucional” que, según su mirada, configuró “una figura de instancia de veto no prevista en la Constitución Nacional”.
Cormick también remarcó que, ”el control judicial de decisiones con impacto presupuestario, lejos de ser una intromisión extraordinaria, es una de las consecuencias propias de la justiciabilidad del Estado”.
Por otro lado, el magistrado puso en duda el costo fiscal de la ley. Mencionó que en 2024 y 2025 no hubo Ley de Presupuesto y se prorrogaron las partidas aprobadas del 2023, y señaló que, según la Oficina de Presupuesto del Congreso, el impacto durante 2025 representaba aproximadamente el 0,23% del PBI nominal proyectado.
Fuente: infogei.com










