07.10.2026 | Río Grande | METALÚRGICOS
Nefasto acuerdo para los trabajadores firmado entre la UOM Río Grande y el Grupo Mirgor
El acuerdo firmado entre la dirigencia de la UOM Río Grande y el Grupo Mirgor contempla el pago del Premio Anual en dos cuotas de acuerdo al nivel de productividad y presentismo, y no lo cobrarán los trabajadores de la razón social Mirgor. También contempla la continuidad de las “suspensiones”, “retiros voluntarios”, la “esencialidad” de la producción automotriz, y limita la “actividad sindical”. El acuerdo tiene vigencia solo hasta el “31 de diciembre de 2026”.
El acuerdo entre la UOM seccional Río Grande y el Grupo Mirgor que había quedado pendiente de firma la semana pasada, finalmente se rubricó esta semana en el Ministerio de Trabajo de la provincia.
Las partes reconocen que la actividad industrial desarrollada por las empresas en la provincia de Tierra del Fuego atraviesa un escenario de profunda transformación y creciente complejidad, caracterizado por una fuerte competencia nacional e internacional, cambios permanentes en los mercados, incrementos en los costos de producción, desafíos logísticos, exigencias crecientes de productividad y la necesidad constante de mejorar los niveles de eficiencia para sostener la viabilidad de los distintos negocios productivos.
- Suspensiones: Se descarta la aplicación del Procedimiento Preventivo de Crisis (PPC) contemplado en la Ley de Empleo Nº 24.013. Las empresas del Grupo Mirgor quedan habilitadas a disponer suspensiones -totales o parciales- de su personal dependiente, las que no podrán exceder de 15 días por mes por cada trabajador. Se establece una reducción de la remuneración bruta equivalente al tiempo no laborado. Se abonará un ítem denominado “Compensación No Remunerativa por Suspensión”, equivalente al 75% del salario diario neto por cada día de suspensión, y solamente tributará las contribuciones correspondientes a las leyes de la Seguridad Social.
- Premio Anual: Para trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 260/75, Rama 8, limitando a los trabajadores de las empresas suscribientes. El monto acordado es $3.300.000, pero se descuentan $180.000 que formaban parte del monto de $280.000 que se abonó oportunamente en concepto de “adelantos a cuenta de futuros acuerdos paritarios”, quedando un monto resultante de $3.120.000 que será pagado en un 90% en efectivo y un 10% en productos. El Premio Anual se abonará de acuerdo al promedio de eficiencia para cada unidad de producción, de acuerdo al nivel de presentismo, y proporcionalmente al tiempo efectivamente trabajado. Se abonará como “Anticipo Premio Anual”, el monto de $1.000.000 el día 15 de octubre 2026, mientras que la diferencia, $2.120.000, se pagará el 31 de diciembre 2026.
- Blindaje de la actividad automotriz: Los Delegados y los trabajadores se comprometen a evitar medidas que pudieran afectar total o parcialmente el normal desarrollo de la actividad automotriz. Todo reclamo colectivo vinculado directa o indirectamente con las empresas del Grupo Mirgor deberá canalizarse mediante mecanismos de diálogo. Se establece el carácter de “esencialidad” a la actividad productiva automotriz.
- Actividad gremial: Las asambleas deberán comunicarse con 24 horas de anticipación, se deberán desarrollar por unidad de producción al inicio o a la finalización de la jornada laboral, no podrán superar los 20 minutos, y solo se podrá realizar una asamblea por mes. El incumplimiento de las mencionadas pautas dará lugar a las empresas a adoptar medidas disciplinarias. Se conforma una “Comisión Interna Gremial Única” integrada por 2 Delgados de cada una de las razones sociales del Grupo Mirgor. Se modifica la futura representación gremial por dos elecciones consecutivas.
-Retiros Voluntarios: Las empresas podrán implementar programas de retiro voluntario destinados al personal que libremente decida adherir. Las condiciones de adhesión, beneficios económicos, plazos y requisitos serán definidos oportunamente por cada empresa.
-Banco de Horas: No ha sido incorporado en el presente acuerdo.
-Vigencia: El acuerdo suscripto entre la UOM seccional Río Grande y el Grupo MIrgor tiene vigencia hasta el 31 de diciembre 206.
Cabe destacar que los Delegados de la razón social Mirgor no firmaron el acuerdo, ya que cuando se realizó la asamblea la mayoría de los trabajadores se abstuvieron de votar, es por ello que los trabajadores de esa razón social no quedaron encuadrados para el cobro del “Premio Anual”.
Fuente: gremialesdelsur.com.ar










