24.06.2016  |  Nacionales  |  REGIMEN PREVISIONAL ESTATAL

El régimen previsional de Tierra del Fuego podría pasar a Nación

El denominado Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados que ya obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados establece un plazo de 120 días para provincias que no transfirieron su sistema previsional a la Nación compensen eventuales asimetrías que existan con jurisdicciones que ya transfirieron sus cajas de jubilación. 

Este martes en un plenario de comisiones, el Senado le dio dictamen favorable al proyecto por lo que será tratado en la sesión del próximo 29 de junio.

La iniciativa impulsada por el presidente Mauricio Macri ya logró el pasado 16 de junio media sanción en la Cámara de Diputados con 162 votos a favor aportados por el interbloque Cambiemos, el Frente Renovador, el bloque Justicialista, el Frente Cívico de Santiago del Estero, Juntos por una Argentina (ex massistas) y unos pocos del Frente para la Victoria; y 76 en contra.

El capítulo del proyecto que abre el camino a la transferencia del IPAUSS a la órbita del sistema previsional nacional es el Título V sobre “Armonización de sistemas previsionales”.

Además, la norma que aún resta obtener el visto bueno del Senado establece que “la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) deberá realizar las auditorías correspondientes a fin de evaluar los estados contables y los avances en el proceso de armonización”.

De sancionarse la norma, el sistema previsional de Tierra del Fuego y de otras jurisdicciones como Santa Cruz, Entre Ríos y Córdoba deberán reformar sus regímenes para igualarlos al sistema previsional nacional.

 

El texto con media sanción de la Cámara de Diputados señala lo siguiente:

TÍTULO V

ARMONIZACIÓN DE SISTEMAS PREVISIONALES PROVINCIALES

ARTICULO 25° BIS- Instrúyase al Poder Ejecutivo Nacional a que, por intermedio del organismo pertinente, arribe en un plazo de 120 días, a un acuerdo con las provincias cuyos sistemas previsionales no fueron transferidos a la Nación a fin de compensar las eventuales asimetrías que pudieran existir respecto de aquellas jurisdicciones que sí hubieran transferido sus regímenes previsionales, de manera de colocar a todas las provincias en pie de igualdad en materia previsional. A tales efectos, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) deberá realizar las auditorías correspondientes a fin de evaluar los estados contables y los avances en el proceso de armonización.

Las transferencias de fondos deberán ser determinadas en función de:

1) los desequilibrios que estaría asumiendo la ANSES si el sistema previsional de que se trata hubiese sido transferido a la Nación y,

2) los avances realizados en el proceso de armonización.

El importe de la cuota que acuerden las partes será transferido antes del día 20 de cada mes y actualizado semestralmente mediante los coeficientes de movilidad aplicables al S.I.P.A., en los términos de la Ley N° 26.417 y no podrá ser modificado salvo un nuevo acuerdo entre las partes o en caso de incumplimiento de los compromisos asumidos en el correspondiente acuerdo.

 


Fuente: gremialesdelsur.com.ar

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