21.08.2026  |  Ushuaia  |  ESTATALES

Carlos Córdoba fue excarcelado, pero sigue estando condenado

El Superior Tribunal de Justicia ordenó excarcelar al ex Secretario General de ATE Tierra del Fuego porque consideró que su condena a cinco años de prisión no bastaba para demostrar un riesgo concreto de fuga. La resolución no revoca la condena ni revisa, por ahora, su responsabilidad en los 22 hechos de estafa por las viviendas de Barrancas del Río Pipo.

La libertad de Hipólito Carlos Córdoba tiene una explicación jurídica precisa según el Superior Tribunal de Justicia. Y también un límite que resulta indispensable establecer desde el comienzo: el STJ no lo absolvió de las estafas por las viviendas de ATE ni dejó sin efecto la condena a cinco años de prisión. Lo que hizo fue revisar otra cuestión: si existían razones procesales suficientes para mantenerlo encarcelado mientras aquella sentencia todavía no se encuentra firme.

 

La respuesta de los cuatro Jueces que intervinieron fue unánime

Córdoba había sido condenado junto con Miguel Ángel Arana a cinco años de prisión de cumplimiento efectivo como coautor de 22 hechos de estafa vinculados al plan de 128 viviendas de ATE en Barrancas del Río Pipo. Al conocerse el veredicto quedó detenido. Sin embargo, la defensa recurrió esa prisión preventiva y llevó la discusión hasta el Superior Tribunal.

El punto central de la discusión no era menor. Durante todo el proceso anterior a la condena, Córdoba había permanecido en libertad y, según destacó después el STJ, no se habían registrado incumplimientos de las obligaciones que pesaban sobre él, ni conductas concretas que permitieran demostrar que intentaría fugarse o entorpecer la actuación judicial.

El Tribunal de Juicio había razonado de otro modo. Consideró que la imposición de una pena efectiva modificaba las circunstancias y hacía aparecer un riesgo de fuga que antes no existía. También incorporó otro elemento: durante el debate, una testigo se habría mostrado temerosa y con “olvidos sugestivos” ante la mirada de Córdoba.

Hubo, además, una coincidencia significativa: el Fiscal ante el propio Superior Tribunal, Eduardo Urquiza, también había solicitado la excarcelación. Entendió que ni el veredicto, ni la primera resolución que mantuvo la prisión, ni los fundamentos posteriores, consiguieron identificar un riesgo procesal concreto.

Por eso, el STJ revisó la resolución del Tribunal de Juicio, concedió a Córdoba la excarcelación bajo caución juratoria y ordenó su inmediata libertad. El dirigente continuará sometido al proceso y el tribunal inferior deberá establecer las pautas correspondientes mientras se discute la sentencia condenatoria.

 

Una libertad que no borra la condena

Sin embargo, la resolución sobre la prisión preventiva no puede confundirse con el expediente principal.

Porque detrás de la excarcelación permanece una sentencia particularmente grave: cinco años de prisión por 22 estafas cometidas en torno de un proyecto que tenía como destinatarios a personas que buscaban acceder a una vivienda.

La historia se remonta al plan habitacional de las 128 viviendas de Barrancas del Río Pipo en Ushuaia. El proyecto había sido impulsado por ATE y estaba pensado para facilitar soluciones habitacionales a sus afiliados. Pero la Justicia terminó reconstruyendo un mecanismo paralelo mediante el cual distintas personas entregaron dinero bajo la promesa de ingresar a los listados que podían conducir a la adjudicación de una casa.

 

Allí radica una de las claves para comprender la maniobra

ATE tenía una participación relevante en la confección de los listados de postulantes. El Instituto Provincial de Vivienda intervenía luego verificando el cumplimiento de los requisitos. Esa posición colocaba al sindicato -y a quienes aparecían ante los interesados como sus representantes- en una situación de especial credibilidad frente a personas que aspiraban a obtener una vivienda social.

La estafa, según la reconstrucción judicial difundida tras conocerse los fundamentos, no consistió simplemente en la venta clandestina de una casa determinada. El mecanismo era más complejo: se cobraba dinero a personas a las que se les hacía creer que ese pago les permitiría ingresar o conservar un lugar dentro del circuito de adjudicación de las viviendas.

 

La condena por estafa de vivienda sociales

Según los fundamentos de la condena, Miguel Ángel Arana aparecía principalmente vinculado con la captación de interesados y la recaudación del dinero. Córdoba, en cambio, ocupaba otro lugar. El Tribunal lo describió como una pieza necesaria para sostener la credibilidad institucional de la operatoria: permanecía dentro de su ámbito de conducción gremial y actuaba como una suerte de “remediador” cuando aparecían problemas o reclamos.

Ese rol es relevante porque permite comprender por qué la condena no descansó únicamente en determinar quién recibía materialmente cada pago.

Córdoba era el Secretario General de ATE Tierra del Fuego y, según antecedentes de la investigación, tanto él como Arana contaban con facultades especiales para actuar administrativamente en representación del sindicato respecto del programa habitacional. La investigación también estableció que Córdoba realizó gestiones ante el IPV y recibió reclamos de personas que habían pagado para acceder a las viviendas.

En otras palabras, para el Tribunal la estructura funcionaba mediante una distribución de tareas: mientras unos captaban y cobraban, la posición institucional de Córdoba contribuía a que las promesas conservaran apariencia de legitimidad.

La Justicia terminó considerando acreditados 22 episodios de estafa ocurridos entre diciembre de 2013 y fines de 2017. Córdoba y Arana recibieron cinco años de prisión efectiva como coautores. Erik Moscoso Panozo, en cambio, fue absuelto por el beneficio de la duda.

Por eso la excarcelación dispuesta ahora por el STJ tiene que leerse dentro de sus límites: Córdoba recuperó la libertad porque el máximo tribunal consideró insuficientemente demostrado el peligro procesal; no porque hubiera considerado inexistentes las estafas por las que fue condenado.


Fuente: eldiariodelfindelmundo.com

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