22.04.2026 | Río Grande | METALÚRGICOS
Comienza a tratarse en Comisión el proyecto de expropiación de Aires del Sur
Este miercoles 22 de abril, en la Delegación de la Legislatura en la ciudad de Río Grande, se reunirá la Comisión de Legislación General Nº 1 para dar tratamiento a una variada agenda de asuntos parlamentarios; entre ellos, el proyecto de ley que declara de utilidad pública y expropiación a la planta industrial de la empresa Aires del Sur S.A.
La Comisión de Legislación General Nº 1 de la Legislatura de Tierra del Fuego es presidida por el Parlamentario provincial Raúl Von Der Thusen (Somos Fueguinos), quien a su vez, es el autor del proyecto de ley que declara de utilidad pública y expropiación a la planta industrial de la empresa Aires del Sur S.A. La reunión está pautada para las 10 horas del miércoles 22 de abril.
El proyecto de ley del Legislador Raúl Von Der Thusen establece, “Artículo 1°.- DECLARAR de utilidad pública y sujeta a expropiación, en los terminos de la Ley Provincial N° 421, la planta industrial perteneciente a la empresa AIRES DEL SUR S.A., sita en la calle Thomas Bridge N° 2.578 de la ciudad de Río Grande, Provincia de Tierra del Fuego, Antatida e Islas del Atlántico Sur, incluyendo sus instalaciones, maquinarias, herramientas, materias primas, bienes muebles, marcas, patentes, insumos y todo otro activo material o immaterial afectado a la producción de equipos de clinatización comercializados bajo las distintas marcas. Artículo 2°.- La presente expropiación tiene por objeto garantizar la continuidad de la actividad industrial de la planta y preservar las fuentes de trabajo existentes, asegurando la pemanencia de la capacidad productiva instalada en la provincia. Artículo 3°.- EI Poder Ejecutivo provincial sera el sujeto expropiante y debera llevar adelante el procedimiento expropiatorio conforme lo establecido en la Ley Provincial N° 421 de Expropiaciones. ArtícuLo 4°.- Autorizar al Poder Ejecutivo provincial a tomar posesión inmediata de los bienes expropiados, conforme lo establecido en la legislación vigente, a efectos de garantizar la preservación de la infraestructura productiva y evitar su deterioro o paralización. Artículo 5°.- EI Poder Ejecutivo provincial, una vez perfeccionado el proceso expropiatorio, deberá destinar la unidad productiva a la continuidad de la actividad industrial, priorizando la preservación de los puestos de trabajo existentes. Artículo 6°.- A los fmes de garantizar la continuidad productiva, autorizase al Poder Ejecutivo provincial a ceder la administración y explotación de la unidad productiva a los trabajadores de la empresa Aires del Sur S.A., organizados bajo la forma juridica que éstos deteminen, pudiendo instrunentarse dicha cesión mediante convenios, comodato, concesión, cooperativa de trabajo u otro mecanismo legal que garantice la continuidad de la producción y el mantenimiento de las fuentes laborales. Artículo 7°.- La deteminación del monto indemnizatorio correspondiente a los bienes expropiados se realizada conforme lo establecido en los artículos 11 y concordantes de la Ley Provincial N° 421, debiendo intervenir el Tribunal de Tasaciones de la provincia. Artículo 8°.- Comunicar al Poder Ejecutivo provincial”.
Cabe destacar que la Ley Provincial Nº 421 “Ley de Expropiación” fue sancionda el 17 de noviembre de 1998, promulgada el 1 de diciembre del mismo año mediante el Decreto Provincial Nº 2.440, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) el 9 de diciembre de 1998.
Fuente: gremialesdelsur.com.ar









