21.08.2026  |  Río Grande  |  GOLPE A LA REFORMA LABORAL

Medida cautelar ordena restituir a un trabajador a su turno habitual mientras se debate el fondo del reclamo

El Juzgado del Trabajo N° 2 de Río Grande hizo lugar a una medida cautelar patrocinada por el Dr. Pedro J. Hurtado, frenando de manera provisoria un cambio de condiciones laborales cuestionado por abusivo.

La Justicia del Trabajo de Tierra del Fuego dispuso una medida cautelar en el expediente 3151/2026 que ordena restituir provisoriamente a un trabajador al turno que venía cumpliendo de manera estable durante años, hasta tanto se resuelva el fondo de la demanda que cuestiona la legitimidad del cambio de sus condiciones de trabajo. La resolución fue dictada por el Juez del Trabajo N° 2 del Distrito Judicial Norte, Dr. Fernando Cayzac.

La acción -por ejercicio abusivo del ius variandi, la facultad del empleador de introducir cambios en la prestación- fue promovida por el Dr. Pedro Hurtado, del estudio Hurtado & Asociados.

El planteo sostuvo que la modificación unilateral de las condiciones laborales se había dispuesto sin invocar causa funcional alguna y que afectaba de manera directa la organización familiar del trabajador, comprometida por circunstancias de especial vulnerabilidad.

Al resolver, el Magistrado consideró acreditada, con el grado de verosimilitud propio de esta etapa, tanto la modificación cuestionada como la situación familiar invocada. Valoró, además, que la prolongación del trámite hasta la sentencia definitiva podía consolidar una situación de difícil reparación posterior, en particular por los aspectos no patrimoniales del conflicto, que -señaló- no resultan plenamente reparables mediante una condena en dinero. En consecuencia, ordenó restablecer al trabajador en su horario habitual mientras se sustancie el proceso, dejando la discusión de fondo para la sentencia definitiva.

“El fallo reafirma que las facultades de organización del empleador no son ilimitadas y que la Justicia puede intervenir con rapidez para evitar que el paso del tiempo consolide un perjuicio irreparable, especialmente cuando están en juego derechos que exceden lo estrictamente salarial”, señalaron desde Hurtado & Asociados, que destacaron el precedente como una muestra del valor de la vía cautelar para proteger de manera efectiva al trabajador durante la tramitación del juicio.

La causa continuará su trámite hasta el dictado de la sentencia que resuelva el fondo de la cuestión.


Fuente: gremialesdelsur.com.ar

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